Ecoembes, la dueña del reciclaje

Para comprender cómo funciona el reciclaje en España es necesario que nos hagamos una pregunta: ¿qué es Ecoembes? Ecoembes nace en el año 1996, justo un año antes de que se aprobara la Ley 11/97 de Envases y Residuos de Envases. Se configura como una sociedad anónima sin ánimo de lucro que lucha por mantener el medio ambiente. Según los datos de Ecoembes, en este último año,2013, se han reciclado 1.195.002 de envases domésticos, lo cual equivale a un 71,9% de los envases. Sin embargo la autenticidad de estos datos es relativa. Los últimos datos de los que dispone el Ministerio del Medio Ambiente son del año 2010 y aunque coinciden con el informe anual emitido por Ecoembes en esta fecha resulta complicado ahondar en el número total de residuos generados.

Saber el total de residuos generados en España es una labor tremendamente difícil, por no decir imposibe, ya que solo son tenidos en cuenta los envases que contienen el Punto Verde. ¿Qué significa esto? Que solo los productos de aquellas empresas adheridas a Ecoembes serán reciclados. Por lo tanto cualquier envase que no contenga el símbolo circular que contiene dos flechas ligadas no será recuperado, sino que será enviado directamente a vertederos o a incineradoras. Juguetes, tuppers, objetos de plástico o metal, carátulas y un sinfín de objetos por enunciar; son eliminados o deshechados una vez llegan al contenedor amarillo.

Este sistema podría resultar lógico si Ecoembes se tratara de una entidad privada cuyo fin es obtener beneficios, pero cuando se trata de una entidad sin ánimo de lucro cuyo mayor objetivo es preservar el medio ambiente, el rechazar gran parte de los envases generados carece de sentido. Sobre todo porque recordemos que un envase es, según la normativa española, «todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, martipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta articulos acabados […] Se consideraran tambien envases todos los articulos desechables utilizados con este mismo fin». Por lo tanto rechazar gran parte de los envases pone en duda que el fin principal de Ecoembes sea proteger el medio ambiente.

Sin embargo, para poder determinar si esta exclusión es lícita, deberíamos fijarnos en cuál es el sistema de financiación ya que si esta entidad fuera financiada únicamente por aquellas empresas productoras de envases que pagan el Punto Verde tendría más coherencia que los envases que no pagaran el Punto Verde no se destinaran a plantas de reciclaje y fueran incinerados o eliminados.

Los ingresos que recibe Ecoembes proceden de tres puntos:

1. El Punto Verde: símbolo identificativo que poseen los envases de las empresas productoras o distribuidoras de envases adheridas a Ecoembes. A pesar de que este depósito lo entregan las productoras o distribuidoras, es el consumidor el que paga por el envase y asume, por lo tanto, el llamado Punto Verde como coste.

2. Impuestos: que pagan los ciudadanos al Estado, a sus Comunidades o a sus Ayuntamientos. Según los datos obtenidos de la Fundación Civio, «¿Dónde van mis impuestos?», en el 2015 los ciudadanos españoles pagarán en forma de tasas 597.100€ para los Servicios Generales para el seguimiento de la gestión de residuos. Por otra parte, para el 2015 se han invertido 1.001.000€ para el proyecto de Implementación del Plan Estatal de Prevención de Residuos y del Plan Estatal Marco de Residuos. Por último dentro de los presupuestos generales se ha incluido como gasto 2.400€ para Política de residuos.

3. Venta de productos a las recicladoras: obviamente los envases que recolecta y gestiona Ecoembes son vendidos a las recicladoras que convierten los envases en nuevos productos. Parte de estos nuevos productos son comprados por las grandes corporaciones fabricadoras y distribuidoras de envases. Sin embargo, en vez de que se saquen a concurso público las plazas correspondientes para las recicladoras, estas son adjudicadas por Ecoembes. Que no hemos de olvidar que se trata de una empresa privada. Ecoembes es quien se encargue de decidir cuáles serán las empresas encargadas del transporte de productos y cuáles serán las destinatarias, es decir, las recicladoras que recibirán los envases convertidos en balas para su posterior conversión en nuevos productos.

Una vez expuestas las diferentes fuentes de financiación de las que se nutre Ecembes es necesario que hagamos un análisis. En primer lugar, podemos destacar que el que paga el Punto Verde es el consumidor, sin seguir de este modo la premisa europea de «quien contamina, paga» pues contamine o no el consumidor ha de pagar. De este modo no existe un incentivo, más allá del de cuidar el medio ambiente, que lleve al consumidor a reciclar. Mientras que en los SDDR el depósito que entrega el comprador se le es devuelto en cuanto retorna el envase, en el SIG el consumidor paga un porcentaje del envase sin ser consciente de que esto no lo recuperará y que en realidad es un coste que debería pagar el fabricante o el distribuidor. Por lo tanto, podemos concluir que las primeras beneficiadas en este aspecto son las empresas, que se ahorran el coste de poner los envases en el mercado al atribuírselo al consumidor.

Por otra parte, no solo salen beneficiadas las empresas envasadoras, sino también la propia Ecoembes y, por ende, quienes la componen. Como ya hemos señalado, Ecoembes es una Sociedad Anónima sin ánimo de lucro. Sin embargo, si observamos la Junta General de Accionistas nos sorprenderá lo lejos que quedan las empresas participantes de las sociedades sin ánimo de lucro. Algunas de las más conocidas son: Bimbo, Campofrío, Codorniú, Colgate, Danone, Freixenet, Pascual, Jhonson’s, L’oreal, Netslé, Procter & Gamble (fabricante de Ariel, Fairy, etc.), Promarca (Asociación Española de Empresas de Productos de Marca), Reckitt (fabricante de Finish, Durex, Nurofen, Air Wick, etc.) Unilever (fabricante de Frigo, Calvé, Ligeresa, Axe, Ben & Jerry’s, etc.), Recicab (empresa encargada de la retirada de cartón y plástico), Alcampo, Carrefour, Día, El Corte Inglés, Ífa y Mercadona, entre otras.

Todas estas empresas son las que han constituido el Capital Social del que dispone Ecoembes, que en el momento de su fundación era de 1.803.000 euros, representados por por treinta mil acciones nominativas de 60,10 euros de valor nominal cada una. Obviamente el ser accionista implica una serie de derechos y beneficios. Para comenzar aclararemos que generalmente los accionistas poseen una serie de derechos económicos y de gestión. Entre los derechos económicos está el de recibir un dividendo en función de su participación y cuando así lo acuerde la sociedad y entre los de gestión el derecho al voto. De hecho, en el caso de Ecoembes, cada acción corresponderá a un voto, por lo que podemos concluir que quienes controlan y deciden acerca de los aspectos más importantes relativos al reciclaje en España son las multinacionales que a su vez controlan el país.

Según la Ley de Sociedades de Capital, en la que se basan los Estatutos de Ecoembes, cualquier Sociedad Anónima o Limitada serán de carácter mercantil, lo cual encuadra a Ecoembes indiscutiblemente en el calificativo de empresa. Todo esto nos hace dudar de si realmente Ecoembes se trata de una entidad sin ánimo de lucro o si es una organización creada para que los más poderosos se repartan el pastel.

Algunos detalles que nos hacen dirigir nuestras dudas hacia la segunda opción, aparte de los ya mencionados, son los siguientes:

1. Según el informe anual de 2013 elaborado por Ecoembes: «A los efectos de estas cuentas anuales, se entiende por Alta Dirección a los directores y subdirectores de la Sociedad, que al 31 de diciembre de 2013 están formados por 11 miembros (11 miembros en 2012). La remuneración total pagada en el ejercicio 2013 al personal de Alta Dirección, asciende a un total de 1.441 miles de euros». Si realizamos las cuentas y dividimos 1.441.000 euros entre los 11 miembros el equivalente es 131.000 euros anuales, un salario bastante elevado para tratarse de una sociedad sin ánimo de lucro.

2. También del Estatuto de Ecoembes sacamos que: «De acuerdo con la ley 11/1997, las sociedades gestoras de Sistemas Integrados de Gestión deben constituirse como entidades sin ánimo de lucro. En cumplimiento de esta normativa, el objetivo de la Sociedad es alcanzar el equilibrio económico entre gastos e ingresos mediante la adecuada periodificación de estos últimos, los cuales se destinarán a cubrir gastos de ejercicios futuros». Cuando hemos indagado en su Balance Anual de 2013 en la cuenta de Pérdidas y Ganancias no aparece ni el resultado económico ni el resultado del ejercicio. Tampoco están presentes ni los gastos ni los ingresos de la entidad, por lo que resulta imposible calcular cuáles son los ingresos reales de Ecoembes.

Ingresos Ecoembes
Gráfico elaborado con Tableau. Para observar el gráfico interactivo pinchar en el siguiente link: https://public.tableausoftware.com/views/Ingresosecoembresgrafico/Hoja1?:embed=y&:display_count=no

3. Si en vez de analizar la cuenta de Pérdidas y Ganancias estudiamos el Balance de situación de la empresa observamos que hay ciertos beneficios que ha obtenido la empresa y han sido invertidos, lo cual contradice las bases de Ecoembes, ya que según estas no se obtendrían beneficios y en caso de obtenerlos se destinarían a cubrir los futuros gastos del reciclaje. Sin embargo, en 2013 se han invertido 52.681.000€ en «depósitos a corto plazo en entidades financieras y títulos de renta fija emitidos por empresas, en ambos casos de la máxima solvencia, todos ellos constituidos y adquiridos con la única finalidad de optimizar la tesorería de la Sociedad», tal y como se indica en su Informe de Cuentas Anuales. También se puede observar inversiones de 325.000€ en activos financieros no corrientes, de los cuales 12.000€ fueron invertidos en obtener dos acciones de la Sociedad Packaging Recovery Organisation, s.p.r.l. (Pro Europe), domiciliada en Bélgica; 73.000€ en financiar los costes de constitución de la Sociedad Extended Producer Responsibility Alliance (EXPRA) ivzv.; y 240.000€ pertenecen a fianzas entregadas como consecuencia del contrato operativo suscrito por la Sociedad. El total de activos no corrientes, es decir, de derechos y bienes que posee esta empresa pero no hace efectivos en un año, es de 5.479.000€. El activo corriente, es decir, el activo líquido o que puede convertirse en dinero antes de 12 meses, que tuvo Ecoembes con el cierre del ejercicio del año 2013, fue de 409.311.000€. ¿De verdad una empresa sin ánimo de lucro tiene un líquido de 409 millones de euros?

4. Además todos estos datos no están elaborados por una entidad pública, sino que son datos generados por la Auditoría privada Ernst & Young a la que pagan 219.000 euros.

5. Todo esto nos hace ver que en realidad estamos trabajando de forma gratuita para Ecoembes y no solo, ya que también somos los financiadores de los envases.

6. Por último, si decidimos lanzarnos a buscar una alternativa, no la encontraremos, ya que Ecoembes es el único SIG dedicado a los envases ligeros activo en España. Agrupa a la mayor parte de las empresas que trabajan en el país, por lo que nos encontramos prácticamente ante un monopolio de carácter privado. Al tratarse de la única entidad que ofrece el SIG, Ecoembes posee un gran poder (puede cobrar las tarifas que desee y se encuentra en una situación de privilegio.

¿Cómo se recicla en España?

Para visualizar el funcionamiento del reciclaje en España emplearemos una línea del tiempo, en la que se reflejan los acontecimientos y las partes de la legislación más relevantes relativas al reciclaje de envases ligeros en España desde su origen hasta hoy. Pero para poder comprender en su totalidad cómo funciona el reciclaje en España, antes de realizar este recorrido histórico, explicaremos algunos conceptos que nos ayudarán a entender la gestión de residuos en la actualidad: cuál es la legislación actual, qué sistemas de gestión de reciclaje existen, cómo funciona un SIG (sistema que utilizamos en España), qué es un envase o qué es el famoso Punto Verde.

El reciclaje en España todavía mantiene aún la base de la legislación aprobada en 1997. En ella se definía lo que es un envase, el residuo de un envase, la prevención, la valorización, la reutilización, el reciclaje o la eliminación, entre otros. De todas estas definiciones exponemos a continuación qué es un envase según dicha Ley: «Todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, martipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta articulos acabados […] Se consideraran tambien envases todos los articulos desechables utilizados con este mismo fin».

También es importante señalar qué es la reutilización: «Toda operación en la que el envase concebido y diseñado para realizar un número mínimo de circuitos, rotaciones o usos a lo largo de su ciclo de vida sea rellenado y reutilizado con el mismo fin para el que fue diseñado con o sin ayuda de productos auxiliares […] Estos envases se considerarán residuos cuando ya no se reutilicen».

Y por último qué es el reciclaje: «la transformación de los residuos de envases dentro de un proceso de producción, para su fin inicial o para otros fines, incluido el compostaje y la biometanización, pero no la recuperación de energía. A estos efectos, el enterramiento en el vertedero no se considera compostaje ni biometanización». Al igual que el enterramiento queda fuera del reciclaje, también queda excluída la incineración de residuos y por lo tanto la valorización.

Actualmente España está sujeta a la Directiva Europea 2008/98/CE en lo relativo al reciclaje de envases ligeros. Esta normativa pretende acabar con la relación establecida entre el crecimiento económico y la producción de residuos . Para ello, establece un marco jurídico en el que se establecen jerárquicamente una serie de prioridades: prevención; preparación para la reutilización; reciclado; otro tipo de valorización, como la energética y en último lugar la eliminación. Esta directiva está basada en la anterior premisa establecida en el 2004, «quien contamina, paga». Por ello establece que «cualquier productor o poseedor de residuos deberá realizar el tratamiento de los residuos por sí mismo o encargar su realización a un negociante o a una entidad o empresa».

Al ser España uno de los Estados miembros, ha debido adaptarse a esta normativa. Para ello se emitió el 28 de julio de 2011 la Ley 22/2011. En esta se revisa la distinción entre aquello que son residuos y lo que no son residuos. Siguiendo lo establecido por Europa se presta especial atención a la prevención, es decir, se establecen una serie de medidas para evitar que los productos se conviertan en residuos. También pretende romper con la relación existente entre el desarrollo y la generación de residuos, por ello tiene entre sus fines reducir la cantidad y el contenido de sustancias nocivas, y disminuir los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente.

Tal y como hemos apuntado anteriormente, la legislación europea determina que quien contamina es quien ha de pagar. Por ello los productores de envases son los que han de contribuir económicamente para que estos productos retornen de algún modo a sus manos. Partiendo de la base de que el fabricante es el responsable legal de reciclar los productos que pone en el mercado, dentro de la directiva europea los Estados pueden optar por reciclar a través de un Sistema Integrado de Gestión (SIG) o un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR).

En el caso de adoptar un SIG las empresas productoras de envases pueden crear su propio Sistema Integrado de Gestión, a través del cual se encargarían de la recogida, transporte, almacenamiento y reciclado de residuos, o pueden anexionarse a un SIG ya existente. En el caso de España es Ecoembes el SIG al que se encuentran adheridas la mayor parte de empresas, que se encarga de llevar a cabo todo el proceso de reciclaje de envases ligeros. Para poder estar adscritas al sistema de Ecoembes, estas empresas, han de pagar el llamado Punto Verde.

El Punto Verde es la identificación que llevan los envases que circulan en el mercado nacional, es decir, la tasa que pagan las empresas adheridas a Ecoembes para que sus residuos sean reciclados. Esta tarifa varía en función de la cantidad de envases puestos en el mercado y vendidos, lo cual se refleja en la declaración de envases anual que cada empresa ha de entregar a Ecoembes. Sin embargo, esta tarifa es considerada un coste para los productores de envases que recae finalmente sobre los consumidores. Por poner un ejemplo, de una botella de agua hasta el 60% de su coste es a causa del envase. Por lo tanto, este impuesto que deberían pagar los responsables de los envases a nivel legal (los fabricantes), es apoquinado por los ciudadanos.

Sin embargo, existe otra alternativa a los Sistemas Integrados de Gestión: el SDDR o también conocido como Sistema de Depósito, Devolución y Retorno. Según la mayor parte de asociaciones medioambientales este es el sistema más eficaz, ya que existe un incentivo económico que lleva a los consumidores a reciclar. Este sistema se financia a través de los ingresos que el operador recibe al vender los envases vacíos al reciclador, que convertirá en nuevos envases y serán comprados por los productores. Este depósito económico que se le entrega al operador del sistema lo paga en primer lugar el embotellador. Cuando los productos son enviados a los supermercados, estos compran el envase y los productos en sí, pagando por el envase un depósito. A continuación, los consumidores pagan un depósito por cada envase, que les será devuelto apenas restituyan el envase en el centro en el que lo hayan comprado. Los consumidores que no devuelvan los envases no recibirán el depósito que entregaron, por lo que ese importe sirve para financiar el sistema. A diferencia de en el SIG, en el que los consumidores pagan el envase sin recibir la devolución del importe de este, en el SDDR los compradores tienen una gran motivación para reciclar tanto sus envases como los que no son suyos, ya que se puede llegar a obtener una rentabilidad económica.

Esquema elaborado por Retorna.org
Esquema elaborado por Retorna.org

Por último, tal y como hemos indicado en el inicio de esta entrada, exponemos la línea del tiempo que hemos elaborado, a través de la cual realizamos un recorrido histórico por los acontecimientos relativos al reciclaje de envases ligeros sucedidos en España. Comenzamos con la Constitución de 1978 y finalizamos en la actualidad.

¿Qué es Reciclando Spain?

El 10 de diciembre de 2014 se inauguró en España el portal de transparencia. Sin embargo, tanto la búsqueda de datos como la realización de preguntas resulta complicado. A través de la ley de 2006 que permite acceder a los datos de medio ambiente, los datos proporcionados por los diferentes ayuntamientos, los ofrecidos por la Unión Europea y aquellos que se encuentran disponibles en Ecoembes, es posible visibilizar datos públicos que pueden resultar de interés general para la ciudadanía. Te presentamos nuestro proyecto: Reciclando Spain, una plataforma que pretende esclarecer cómo funciona el reciclaje en España.

Esta iniciativa nace de las cuestiones que nos planteamos a partir de la constante promoción que sufre el reciclaje en España. ¿Cómo funciona el reciclaje en España? ¿Quién se encarga de llevarlo a cabo? ¿Quién lo paga? Al comenzar nuestra investigación encontramos  el nombre de dos grandes gigantes: Ecoembes y Ecovidrio. Para acotar nuestro campo de estudio el proyecto arrancará con el análisis de envases ligeros, gestionados por Ecoembes que también se dedica al reciclaje del papel y el cartón.

Aunque intentaremos dar una visión global de cómo funciona el reciclaje en España, de momento, nuestro proyecto está focalizado en la Comunidad de Madrid. Debido a la fárragosa cantidad de datos sobre el reciclaje hemos decidido centrarnos en una comunidad, en concreto, de los 179 municipios que componen Madrid nos centraremos en visualizar aquellos municipios con un número mayor o igual a 40.000 habitantes. La cifra resultante es de 25 municipios, lo cual supone un 14% del total de los territorios madrileños. Sin embargo, se trata de una cifra representativa ya que informa sobre más del 86% del total de la Comunidad de Madrid. Nuestro fin es simplificar de alguna manera la investigación y poder comprender el objeto de análisis más fácilmente.

Al comenzar nuestro trabajo nos encontramos con que el nivel de información sobre gestión de residuos es insuficiente. En la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) los datos son ecasos. Otras páginas como la web de Ecoembes, la de la Comisión Europea o las de algunas asociaciones que luchan por el medioambiente, ofrecen información, aunque esta varía según la fuente. Por lo tanto resulta complicado elaborar una base de datos certera, ya que los datos disponibles son contradictorios entre sí.

Por ello intentaremos dar la mayor cantidad de información posible, con el objetivo de esclarecer un poco la opacidad existente en este sector. Para ello explicaremos cómo funciona el sistema en España, quién lo paga y trataremos de averiguar si existe quién se beneficia de todo este proceso.